este TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL de la Sección de Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: con lugar la solicitud presentada la representante del Ministerio Público, en consecuencia, se acuerda imponer de la medida cautelar sustitutiva, contenida en el literal B, a los adolescentes: XXXXXXXXXXXX las cuales consisten: la obligación de someterse al cuidado o vigilancia de su representante legal. Con respecto a lo solicitado por la defensa Pública, se declara sin lugar la solicitud sin restricciones por cuanto este Tribunal, considera que existe suficientes elementos de convicción para estimar que los adolescentes de autos son participes de la comisión del hechos investigado. Se declara con lugar la remisión de copias certificadas de las presentes actuaciones a la Fiscalia Superior del Ministerio Público, a los fines que inicie investigación con respecto a los funcionarios actuantes en el presente procedimi.....