En consecuencia, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMÚDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRÉS MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, procediendo de acuerdo a lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, mientras no haya oposición en contrario y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA BASTANTES Y SUFICIENTES DICHAS ACTUACIONES PARA ASEGURARLE a los ciudadanos EDNA MARCANO DE FERREIRA y MIGUEL ANGEL MARCANO CARABALLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nros. V- 2.670.825 y V- 3.945.990, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 13.294.736, sus derechos de propiedad sobre un (01) edificio de dos plantas, ubicado en un terreno Municipal bajo el N° 26 de la nomenclatura Municipal de la c.....