Es por las consideraciones de hecho y de derecho descritas anteriormente que este Juzgado de Municipio Andrés Eloy Blanco del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Casanay, que administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda que por Cumplimiento de Obligación de Manutención, intentó la ciudadana Mariela Josefina León, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 16.397.367, asistida por el Abogado en ejercicio Dr. Esteban José Lemus, actuando en nombre y representación de sus “se omiten los nombres de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente”, en contra del ciudadano JULIO CESAR RENDON MARQUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 13.654.296, todos plenamente identificados, por no dar cumplimiento a la obligación de manutención establecida por este Tribunal en decisión .....