Es por todo lo antes expuesto que este Tribunal Primero de Control administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley: CONDENA, por el procedimiento especial de admisión de hechos, al acusado RAFAEL EDUARDO MORAN SANZONETTY, venezolano, natural de esta ciudad, de 24 años de edad, nacido en fecha 27-05-1984, hijo de Rafael Moran y Yuleidis Zansonetti, estado civil casado, profesión constructor, titular de la Cédula de Identidad Nro 16.485.316, residenciado en San Antonio de Maturín, calle Bolívar, casa sin número, cerca de la licorería Casa Vieja a cumplir la pena UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, la cual se cumplirá aproximadamente el día 25/08/2010 aproximadamente, así mismo se le condena a las penas accesorias establecidas en el Código Penal venezolano para la pena de prisión, contempladas en el articulo 16 del mencionado Código Penal Venezolano