En fuerza de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Marítimo y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la ACCION MERO DECLARATIVA DE UNION ESTABLE DE HECHO, ejercida por la ciudadana MORAIMA GUADALUPE RENGEL CANACHE, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.638.200, residenciada en la Calle Democracia N° 43, Parroquia Santa Inés, Municipio Sucre del Estado Sucre; debidamente representada por su apoderado judicial Abogado en ejercicio FELIX VASQUEZ RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 131.641; En consecuencia téngase a la descrita ciudadana con todos los derechos que nuestra Carta Magna consagra a los matrimonios, ello de conformidad a lo establecido en los artículos 77 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 7.....