Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de los Municipios Benítez y Libertador del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, HOMOLOGA el convenimiento realizado por los ciudadanos: JULENYS ADRIANA, PROSPERO MANUEL y JUAN MIGUEL DOMÍNGUEZ COLL y en consecuencia se decreta la Extinción de la Obligación de Manutención impuesta al ciudadano JUAN BAUTISTA DOMINGUEZ AMARISTA, ut supra identificado, en sentencia dictada por este mismo Tribunal, en el Expediente N° 214-02, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 262 del Código de Procedimiento Civil y articulo 383 literal "b", de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, así mismo acuerda el archivo del expediente.-
Se acuerda publicar la presente sentencia en la página: www.sucre.tsj.gov.ve.-
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de la presente s.....