or lo que este Tribunal Primero de Control Adolescente, considera procedente concederle una medida menos gravosa, ya que el delito por el cual se acusa son de aquellos que no merece privativa de libertad es por ello que se le acuerde la inmediata libertad bajo la imposición de unas de las Medidas Cautelares Sustitutivas de la Privación de Libertad, de conformidad con lo establecido con el articulo 582 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Solicitando así se efectué la medida cautelar desde esa sede policial. Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Control de la Sección Penal de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena la inmediata libertad del ciudadanoxxxxxxxxxxxx y en consecuencia impone a la misma de las medidas cautelares sustitutivas de libertad de conformidad con lo previsto en el artículo 582 de la ley Orgánica para la Protecció.....