este Tribunal Primero de Control Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, dada la solicitud de la Fiscalía Septima del Ministerio Público del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, y considerando este Despacho que concurren los extremos exigidos en el artículo 250 numerales 1°, 2° y 3°, del artículo 251 numerales 2°, 3° y Parágrafo Primero y 252 numeral 2 todos del Código Orgánico Procesal Penal para la procedencia de la Privación Judicial Preventiva de Libertad, AUTORIZA LA APREHENSION de los ciudadanos JAIL ANTONIO RUIZ RUIZ, (ALIAS YAIL), venezolano, natural de esta ciudad, de 19 años de edad, FN: 18.05.91, soltero sin oficio definido, residenciado en el Barrio Bebedero, sector Guate de Cochino, vereda 15, casa Nº12, titular de la cédula de identidad Nº 24.690.685, LEONARDO DEL JESÚS CASTILLO CARIACO, (ALIAS NALDO) venezolano, natural de esta ciudad, de 21 años de edad, FN: 03.09.89, soltero sin oficio definido, residenciado en el Barrio Bebe.....