este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS RIBERO Y ANDRÉS ELOY BLANCO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, procediendo de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 3 de la Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18 de Marzo de 2009, del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152 del 02-04-2009, mientras no haya oposición en contrarios y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, declara dichas actuaciones bastantes y suficientes para asegurarle a los ciudadanos: TEODOCIA ANDARCIA DE MOYA, CRISTOBAL BENITO ANDARCIA RODRIGUEZ, PRISCILA DEL CARMEN ANDARCIA DE RODRIGUEZ, ARNALDO JOSE ANDARCIA RODRIGUEZ Y AURA SABINA ANDARCIA DE HERNANDEZ, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-2.646.135, V-3.027.954, V-3.420.036, V-2.642.595 y V-4.336.299, respectivamente y .....