En mérito de lo expuesto este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, ACUERDA DESIGNAR DEFENSORA PRIVADA a la Abogada MARIA JOSÉ MORGADO, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Número V- 24.335.986, inscrita en el Inpre Abogado bajo el número 249.745, con domicilio procesal en Edificio Funda Bermúdez, Piso 1, Oficina 1, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; en el presente asunto seguido a la Adolescente OMISSIS; a quien la Representación de la Fiscalía Sexta Ministerio Público en el Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente de esta Circunscripción Judicial del Estado Sucre, le imputa la comisión de uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS, en perjuicio de la Ciudadana YANNIRETH JOSELYN CARDONA; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 654, Literal "C" y 657 de la Ley Or.....