Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR: la recusación interpuesta por el ciudadano YIDDIO JALAFF LEDESMA, asistido por la abogada SOR ELENA RUIZ PALENCIA, contra la Abogada YSMENIA FERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, Jueza Cuarta de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Extensión Carúpano, para que la misma no siga conociendo de la causa N° RJ11-S-2001-000057, seguida a YIDDIO JALAFF LEDESMA, por la presunta comisión del delito de COAUTOR EN EL TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefaciente (vigente para el momento), adecuándose en la actualidad en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drog.....