Se DECLARO: BASTANTES Y SUFICIENTES DICHAS ACTUACIONES PARA ASEGURARLE a los ciudadanos: JOSE GREGORIO QUIJADA BARRETO, ARACELIS SENOVIA QUIJADA BARRETO y GREGORIO ESTEBAN QUIJADA TRILLO, Titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-15.089.846; V-16.893.938 y V-4.031.949, respectivamente, SUS DERECHOS COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS ab-intestato de la ciudadana ELIGIA DEL CARMEN BARRETO DE QUIJADA, Titular de la Cédula de Identidad N° V-4.040.425, dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a tercertos.