DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECRETA Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad en contra del imputado YAKIMO NITIMOYA FIGUEROA BARRETO, Venezolano, natural de Tunapuicito, de 41 años de edad, nacido en fecha: 02/09/1954, de profesión u oficio agricultor, de estado civil soltero, Titular de la Cédula de identidad Nº 9.934.141, hijo de: Toni Figuera y Ana Barreto, residenciado en: barrio 19 de abril, casa sin número, en la entrada del puente, municipio Valdez, Estado Sucre, presuntamente incurso en la comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO; consistente en una en un Régimen de Presentaciones cada treinta (30) días por ante la Unidad.....