Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: La INCOMPETENCIA para conocer de la SOLICITUD DE CONVOCATORIA A ELECCIONES SINDICALES DEL SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES MUNICIPALES (S.U.T.M.).
SEGUNDO: Declina su competencia para conocer de la presente solicitud en la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela y ordena remitir las actuaciones a la mencionada Sala Electoral.
TERCERO: No hay condenatoria en costa dada la índole de la decisión.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre , a los Veinticinco (25) días del mes de Noviembre de dos mil diez (2010). Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
DIOS Y FED.....