Acuerda: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, de conformidad con lo establecido en el artículo 256, ordinal 3°, del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del imputado Yaconino Del Valle Rivera González, quien es Venezolano, soltero, de 22 años de edad, nacido en Carúpano Estado Sucre, el 04-12-1985, de profesión u oficio Estudiante, Titular de la Cédula de identidad Nº V-17.956.836, residenciado en calle cuatro de Charallave, casa Nº 56, Municipio Bermúdez, Carúpano Estado Sucre, hijo de Francisco Rivero y Nellys González, presuntamente incurso en la comisión de uno de los Delitos Electorales, previsto y sancionado en el artículo 258 ordinal 4to de La Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política, en perjuicio del Estado Venezolano, consistente en un Régimen de presentaciones cada Sesenta (60) días, por el lapso de seis (06) meses, por ante la Unidad de Alguacilazgo de esta sede judicial. Se decreta la flagrancia y la aplicación del procedimiento ordinario toda vez que .....