Durante el lapso probatorio, únicamente la parte actora, promovió pruebas, consistiendo las mismas en Reproducir el mérito favorable de los autos; promovió las testimoniales de los ciudadanos: PETRA FIGUEROA, LEOMAR JOSE AMBARD Y ADRIANA CAROLINA RODRIGUEZ, de los cuales rindieron sus respectivas declaraciones por ante el Juzgado del Municipio Andrés Mata, del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, los ciudadanos: PETRA DEL CARMEN FIGUEROA LOZADA y LEOMAR JOSE AMBARD, testigos hábiles y legalmente juramentados y quienes en forma similar declararon: "que si conocen suficientemente bien de vista, trato y comunicación a los ciudadanos ANA GREGORIA SANVICENTE BRITO y ELGUIN JOSE MOFFI"; "que si saben y les consta"; "que si saben y les consta que ANA GREGORIA SANVICENTE BRITO y ELGUIN JOSE MOFFI, contrajeron matrimonio civil"; "que si saben y les consta que el ciudadano ELGUIN JOSE MOFFI, sin motivos justificados abandonó a ANA GREGORIA SANVICENTE BRITO y al hogar conyugal ha.....