Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve; PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la aprehensión flagrante en contra del adolescentes OMISSIS, en la investigación relacionada con la comisión del delito de LESIONES GENERICAS , previsto y sancionado en el articulo 413 del Código Penal, en perjuicio de JOSE ANTONIO BRAVO, y la continuación del procedimiento por la vía ordinaria conforme al articulo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD a favor del adolescentes: OMISSIS, por estar presuntamente incursa en la comisión del delito de LESIONES GENERICAS , previsto y sancionado en el articulo 413 del Código Penal, en perjuicio de JOSE ANTONIO BRAVO, de conformidad con lo establecido en el artículo 582, Literal "C" en relació.....