ESTE TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY CONDENA a los acusados JONATHAN JOSÉ GORDONES PADRÓN, titular de la cédula de identidad Nº 21.094.597, a cumplir la pena de cinco (5) meses y quince (15) días de prisión; y al acusado JULIO CESAR CARIACO RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 14.284.202, a cumplir la pena de seis (6) meses de prisión; por la comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la colectividad; culminando aproximadamente el cumplimiento de la misma para el acusado JONATHAN GORDONES el día 13-03-09 y para el acusado JULIO CESAR CARIACO RODRIGUEZ, 25-03-09. Todo de conformidad con los artículos 34 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psico.....