En nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad para el ciudadano Fernando Leovanny Ramírez, quien es venezolano, nacido en fecha 30-05-76, de 28 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 13.808.452, hijo de Guillermo González y Marcia Ramírez, de profesión u oficio Obrero o vigilante, residenciado en Calle Libertad, Frente al Aeropuerto, casa s/n, Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de Homicidio Frustrado, previsto y sancionado en el artículo 407, en concordancia con el artículo 80 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Julio José Pacheco Yeguez.
Líbrese la correspondiente boleta de libertad y remítase mediante oficio a la Comandancia de Policía del Municipio Valdez, todo en conformidad con el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Cúmplase.
La Jueza Cuarta de Control
Abg. Lourdes Salazar Salazar
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