debidamente autorizado por este Tribunal, con la obligación de que la parte demandante establecería una cerca que delimite el terreno que le va a corresponder a ambas partes, moviendo la cerca de tela metálica, hacia la Sucesión de la parte demandada que además colocarían una línea divisoria que determinará hasta dónde llegará el terreno que le corresponde en virtud de la conciliación, asimismo se comprometieron a acondicionar el lugar que le servirá de acceso hacia su terreno, por la vía lateral que conduce hacia el río El Corozo, que igualmente la parte actora se comprometió a no hacer ningún otro reclamo a la Sucesión Rosal respecto a la herencia de la Sucesión Rosal, en virtud de que con el presente acuerdo queda resuelta dicha circunstancia, por ser hijos del ciudadano JOSÉ FRANCISCO ROSAL, el Juzgado comisionado, efectuó la Inspección Judicial en compañía de los ciudadanos FELIX LORENZO MALAVÉ ROSAL, titular de la Cédula de Identidad N° 5.306.326, parte demandada y el abogado .....