este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario, Marítimo y Bancario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, PRIMERO: DECLARA LA NULIDAD del auto de fecha 14 de Febrero de 2.017, a través del cual se hizo constar que el curso del procedimiento se hallaba por discurrir el décimo octavo (18vo) día del lapso de contestación a la pretensión; y SEGUNDO: DECRETA LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado de de que se fije a las puertas del Tribual un ejemplar del edicto llamando a este juicio a los herederos desconocidos del causante Nelson Rodríguez; en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCION A COMPRA, incoaron los ciudadanos MAYRA TARACHE BELLO, portadora de la cédula de identidad N° V- 8.645.385 y JOSE HUMBERTO BRUZUAL, portador de la cédula de identidad N° V- 9.974.834, contra los ciudadanos VICTOR RODRIGUEZ HERNANDE.....