PARTE DEMANDANTE: SOLANGE DEL CARMEN RONDON DE CRUCES, venezolana, mayor de edad, titular de las cédula de identidad Nº V- 5.698.837, y de este domicilio, actuando en su propio nombre y en representación de los ciudadanos MAGALI JOSEFINA RONDÓN DE IPECHIAN, CARLOS RAFAEL RONDÓN CENTENO, ALFREDO RAFAEL RONDÓN CENTENO, RAFAEL JOSÉ ZERPA RONDON, MARCOS DAVID ZERPA RONDON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Ns. 4.684.208, V- 4.685.189, V-3.336.176, V-14.661.529 y V-16.703.499, en ese mismo orden, según poder autenticado por ante la Notaria Pública del Municipio Sucre del Estado Sucre, en fecha veintiocho (28) de Noviembre del año Dos Mil Ocho (2008), inserto bajo el N° 76, Tomo 199 de los libros de Autenticaciones llevados por esa Notaría, asistida por el Abogado en ejercicio JOSE FELIX DURAN, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 93.718.