Este Tribunal Unipersonal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: CONDENA, al acusado ROSAURO ANTONIO DÍAZ GUZMÁN, venezolano, natural de Rió Caribe, Estado Sucre, de 33 años edad, nacido en fecha 07-10-1978, titular de la cédula de identidad Número V-15.554.526, obrero, hijo de Susana Trinidad Guzmán Ramos y Lino Antonio Díaz y residenciado en la calle Principal, casa s/n de el Sector Puchuruco de la Llanada de Río Caribe, Municipio Arismendi del Estado Sucre, a cumplir la pena principal de QUINCE AÑOS DE PRISION, mas las accesorias de ley establecidas en el artículo 16 ordinales 1 y 2 del Código Penal, por considerarlo culpable de la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1 del Código Penal, en perjuicio de TEODORO DEL CARMEN PINO AGUILAR, Dicha pena la cumplirá en el establecimien.....