REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
T.Penal de Juicio del Edo Sucre- Ext. Carúpano
Carúpano, 25 de Julio de 2012
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2011-001696
ASUNTO: RP11-P-2011-001696
DISPOSITIVA
Este Tribunal Unipersonal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: CONDENA, al acusado ROSAURO ANTONIO DÍAZ GUZMÁN, venezolano, natural de Rió Caribe, Estado Sucre, de 33 años edad, nacido en fecha 07-10-1978, titular de la cédula de identidad Número V-15.554.526, obrero, hijo de Susana Trinidad Guzmán Ramos y Lino Antonio Díaz y residenciado en la calle Principal, casa s/n de el Sector Puchuruco de la Llanada de Río Caribe, Municipio Arismendi del Estado Sucre, a cumplir la pena principal de QUINCE AÑOS DE PRISION, mas las accesorias de ley establecidas en el artículo 16 ordinales 1 y 2 del Código Penal, por considerarlo culpable de la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1 del Código Penal, en perjuicio de TEODORO DEL CARMEN PINO AGUILAR, Dicha pena la cumplirá en el establecimiento carcelario que determine la autoridad competente. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 37, 74 ordinal 4 y 16 todos del Código Penal. La pena principal impuesta en el presente caso se vencerá aproximadamente el 28 de Junio de 2026. La presente decisión es dictada de conformidad con lo establecido en los artículos 347 y 349 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal. El Texto integro de la sentencia se publicará dentro de los diez días hábiles siguientes al pronunciamiento de la presente decisión. Dada, Firmada y Sellada en la sede de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano en el Tribunal Unipersonal Segundo de Primera Instancia, en función de Juicio, Carúpano a los 25 días del mes Julio del año Dos Mil Doce (2012).
Jueza Segunda de Juicio
Abg. Lourdes Salazar Salazar
La Secretaria de Sala
Abg. Dorys Malave
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