Este Tribunal Segundo De Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, por haber quedado suficientemente demostrada la existencia del hecho punible, y la autoría de los acusados, se declara CULPABLE y CONDENA al ciudadano FÉLIX RAMÓN ZABALA CARABALLO, venezolano, de 56 años de edad, titular de la Cédula de identidad Nº V-5.865.088, natural de Carúpano, nacido en fecha 20/11/1954, de profesión u oficio funcionario del Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, residenciado en el Barrio Altamira, Calle Principal, Casa S/Nº, frente a la Constructora Venezuela, Carúpano, Estado Sucre; por los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN CIRCUNSTANCIA DE ALEVOSÍA EN CONCIDIÓC DE AUTO, USO INDEBIDO DE ARMA DE REGLAMENTO y SIMULACIÓN DE HECHO PUNIBLE, previstos y sancionados en el ordinal 1 del artículo 406, y los artículos 281 y 239, todos del Código Penal, en per.....