este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y haciendo uso de la facultades que le confiere el artículo 647, literal H de la LOPNA decreta la CESACION DE LA SANCION impuesta al adolescente LUIS ENRIQUE GIL RAMIREZ, venezolano de 16 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 20.065.422, residenciado en la Urbanización La llanada Barrio la Voluntad de Dios, sector las Casitas Casa N° 59, de esta ciudad, quien fuera sancionado por la comisión del delito de robo agravado previsto en el artículo 458 del Código penal vigente, en perjuicio de Ángel Luis Marcano Márquez, en consecuencia se acuerda fijar audiencia para el día 25 de agosto de 2006 a las 9:00 AM, a los fines de imponer al sancionado de la presente decisión, oficiar al SAPINAES y a la Médico Psiquiatra a fin de informarle sobre el cese de la sanción del mencionado adolescente y notificar .....