Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la CESACIÓN la medida de amonestación, impuesta a los jóvenes "OMISSIS"; antes identificado, por haber admitido su participación en la comisión del delito de Soborno A Funcionario Público previsto y sancionado en el artículo 63 de la Ley de Corrupción , todos en perjuicio del Estado Venezolano. y a los adolescentes "OMISSIS" por haber admitido su participación en la comisión del delito de Ocultamiento De Municiones previsto y sancionado en el artículo 03, 05 y 09 de la Ley de Armas y Explosivos, en relación con el artículo 277 del Código Penal Vigente, en perjuicio del Estado Venezolano, de conformidad con lo establecido en los artículos 645 y 647 literal "h" de la Ley Orgánica para la protección de niños, niñas y adol.....