éste Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA la Apertura a Juicio Oral y Público en el presente asunto seguido al acusado, WILLIANS ALEXANDER ROMERO SUCRE, venezolano, Natural de Guiria Estado sucre, de 26 años de edad, Nacido el 15-02-1983, soltero, obrero de construcción y Residenciado: en la calle principal, casa s/n, sector las Manzanares, cerca del Bar, el rinconcito y detrás queda la playa Guiria. Municipio Valdez. Estado. Sucre, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal en perjuicio de MAXIMILIANO RUMION CEDEÑO. De igual manera este Tribunal Acuerda Mantener la medida de privación Judicial Preventiva de libertad en virtud de que hasta los momentos no han variado las circunstancias que.....