acuerda someter a los adolescentes xxxxxxxxx ; a quienes se les inició averiguación por su presunta participación en un delito Contra las Personas, cometido en perjuicio de los Oscar Moreno Martínez, José Hernández y Ronald Cordero; a las Medidas Cautelares Sustitutivas, contenidas en el artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; literal "C" y "F", es decir, quedan obligados a presentarse cada quince (15) días ante el comando policial de la Población de Casanay, asimismo se le prohíbe a cada uno de los mismos no comunicarse con la victimas. La presente decisión tiene su fundamento legal en los artículos 555 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Se acuerda la continuación de la presente causa por el procedimiento ordinario, y se declara con lugar la calificación de flagrancia solo en relación a la aprehensión de los adolescentes. Se ordena librar Boleta de Libertad. Remítase mediante oficio las presentes actuaciones a la.....