Este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, SE DECLARA INADMISIBLE IN LIMINE LITIS, la presente Pretensión de Amparo Constitucional, interpuesta por los ciudadanos RAFAEL BIANCO, ADOLFO JOSE CORDOVA ARRENDONDO, FRANCISCO ALEJANDRO GARCIA FERNANDEZ, EDGAR JOSE GONZALEZ, ELVIRA DEL CARMEN MEDINA CASTILLO, PEDRO RAMON PATIÑO, MARCOS ANTONIO RAMOS BRITO, LUISA MARIA TINOCO TOVAR Y CASTA LEONOR ÑAÑEZ, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábil, titulares de las cédulas de identidad Nros. 8.592.425, 5.089.225, 11.383.844, 5.694.414, 13.941.394, 10.465.497, 9.980.365, 8.441.004, 4.178.964 y 5.441.276 respectivamente, debidamente Asistidos por el abogado JORGE CAMINO, de este domicilio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 19.276. Contra el presunto agraviante CORPORACIÓN DEL CARIBE, S.A. (OCASA). Todo de conformidad con lo dispuesto en los nu.....