SE AVOCA AL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA y en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; declara cumplida y por consecuencia extinta la pena corporal del ciudadano penado YOVANNY DEL JESUS HENRIQUEZ GALANTON, titular de la cédula de identidad N° V- 12.269.631, quien fue condenado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal y Salvaguarda del Patrimonio Público de esta Circunscripción Judicial en fecha 19 de marzo del año 1996 a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS CUATRO (04) MESES DE PRESIDIO mas las penas accesorias, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO EN EJECUCION DE ROBO A MANO ARMADA Y COOPERADOR INMEDIATO EN EL DELITO DE LESIONES PERSONALES GRAVES previstos y sancionados en los artículos Ord. 1° 408, 417 en relación con el artículo 83 y el Ord. 1° del artículo 74 y el artículo 87 del Código Penal y Se acuerda librar la correspondiente Boleta de Libertad Plena y remitirla adjunto al oficio al Director del I.....