DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano JAIME JOSÉ MARTÍNEZ ALIENDRES, venezolano, natural de El Pilar, Municipio Benítez del Estado Sucre, de 31 años de edad, nacido en 21-05-1981, titular de la cédula de identidad Nº 22.926.073, de oficio Albañil, hijo de Santos Martínez y Reina Aliendres, y residenciado en el Santo Domingo de El Pilar, Calle Principal, Casa S/N, al frente del Mega Mercal, Municipio Benítez del Estado Sucre, por encontrarse incurso presuntamente en la comisión del delito de lesiones personales genéricas, previsto y sancionado en el artículo 413 del código penal, cometidas en perjuicio de adolescente; por cuanto de las actuaciones se evidencian que esta comprobado que el motivo de la solicitud fiscal y esta ajustada a derecho, por la insuficiencia de elementos de convicción contra del imputado; de conformidad con el artículo 318 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal.