este Tribunal acuerda remitir las presentes actuaciones a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público a los fines de que se tramite conforme al procedimiento ordinario, haciéndose del conocimiento del adolescente que a partir de la presente fecha puede solicitar la practica de diligencias que permitan desvirtuar el hecho que le fue imputado; así mismo se insta al Ministerio Público para que prosiga con la investigación y presente su correspondiente acto conclusivo dentro del lapso de seis (06) meses constados a partir de la presente fecha. En relación a las Medidas cautelares solicitadas por el Ministerio Público, el Tribunal observa que el adolescente ha comparecido a los llamados que el Tribunal le ha realizado, pese a que reside en un Municipio foráneo de esta entidad y no ha sido necesario que el mismo haya sido ubicado, ni menos aún ordenado su captura, a través de ningún órgano del Estado, por lo que el mismo se mantendrá en su condición de libertad sin restricciones y se continuar.....