...Por las consideraciones antes expuestas este TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL de este Circuito Judicial Penal administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, ACUERDA la libertad del Ciudadano PEDRO RAMÓN BLONDELL HERNÁNDEZ,...por la imposición de la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad establecida en el numeral 3ro del artículo 256 del Código Orgánico Procesal penal, consistente en presentaciones periódicas cada 15 días durante 5 meses, por ante la unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, por la presunta comisión del delito de Estafa previsto y sancionado en el 464 del Código Penal, en perjuicio de Kamil Hasdwan. Igualmente se acuerda dejar sin efecto orden de aprehensión en contra del imputado de autos emitida por el Tribunal Tercero de Control, en fecha 13 de febrero de 2006.