DISPOSITIVA
Por todo los razonamientos de hecho y de Derechos anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con lo previsto en el articulo 243 en relación con los articulo 253 y 256 ordinales 3° y 6° del Código Orgánico procesal Penal, Decreta: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad de presentación periódica cada treinta (30) días por el lapso de seis (6) meses contados a partir de la presente fecha por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial, así como la prohibición de no acercarse a la victima ni donde reside la misma, de la ciudadana Darianglys del Valle Rodríguez Jiménez, venezolana, soltera, indocumentada, nacida el 11-09-81, obrera, hija de Julia Josefina de Rodríguez y de Padre desconocido, residenciada en la calle El Chimborazo, casa nro. 01, frente al mercad.....