En atención a los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, y en los principios consagrados en nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, es por lo que este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR, la apelación interpuesta por la ciudadana Anny Samaris Tortolero Figuera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.893.207, contra la sentencia definitiva dictada en el presente juicio en fecha dos (2) de Diciembre de 2015, por el Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Valdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.-
Queda así Confirmada la sentencia recurrida.-
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