DMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el artículo 330 numeral 6 y 376 del Código Orgánico Procesal Penal, admite totalmente la acusación fiscal en contra de la ciudadana ERILEISIS JENNIBITH ORTIZ TOYSENTT, venezolano, de 27 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.627.856, viuda, nacida el 29/04/1986, natural de Puerto Ordaz, Estado Bolívar; de profesión u oficio TSU en Seguridad Industrial, hija de Zuleika Toussent y Orlando Ortiz; residenciada en la Urbanización Simón Rodríguez, UD-146, calle Abraham Saldemar, vereda 2, casa N° 24, San Félix, Estado Bolívar; por su presunta participación en el delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149, concatenado con el segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD; y en consecuencia, dicta auto de APERTURA A JUICIO ORAL Y PÚBLICO. En virtud.....