éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario, del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la falta de cualidad activa planteada por la parte demandada. SEGUNDO: CON LUGAR la pretensión de DESALOJO, que sigue el ciudadano EDMOM BOUBOU ZETUNE, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-11.829.226, asistido por el abogado en ejercicio JOSE IGNACIO GARCIA VALDERRAMA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 71.605, contra el ciudadano JULIO CESAR NOYA MEZA, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V- 4.687.900, quien se encuentra representado judicialmente por el abogado en ejercicio ARMANDO NOYA MEZA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 28.092. Así se decide.
TERCERO: Se condena a la parte demandada, a entregar.....