DISPOSITIVA:
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto éste Tribunal Primero del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA al ciudadano DIONISIO JOSÉ RUIZ DÍAZ, Venezolano, natural de Cariaco, Municipio Ribero, soltero, de 22 años de edad, agricultor, Cedula de Identidad Número V-23.584.500, nacido en fecha 11/02/1994, hijo de Esther Díaz y Dionisio Ruiz, y residenciado en Chamariapa afuera, vía San Payo, casa s/n, como a 50 metros del taller mecánico, Municipio Ribero del Estado Sucre, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS, SIETE (07) DIAS Y DOCE (12) HORAS DE PRISION, mas las penas accesorias de Ley, por la comisión de los delitos de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 149 primer aparte de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD y RE.....