En el caso particular bajo estudio, el apoderado judicial de la Fundación Vicenciana -parte actora- solicitó que este Tribunal declarara que existe compensación de costas en la presente causa, en virtud de haber resultado condenada su representada a pagar costas en la sentencia que puso fin a este juicio y el demandado haber resultado condenado a pagar costas en la sentencia que resolvió la incidencia de cuestiones previas, cuyo pedimento es negado por este Despacho Judicial, toda vez que, no consta en autos que las costas que fueran condenadas a pagar a cada una de las partes se hallen líquidas, lo que imposibilita verificar el estado de concurrencia entre ambas. Así se decide.