Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, en ejercicio de la facultad conferida en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 500 y 510 del mismo Código y 65 y 69 de la Ley de Régimen Penitenciario, resuelve: PRIMERO: OTORGAR a favor del penado ALVIS DANIEL MAYZ LARA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-18.414.235, mediante decisión de fecha 08 de Marzo de 2006, dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial del Estado Sucre, la cual cursa a los folios doscientos diecinueve (219) al doscientos veinticinco (225) de la segunda pieza, rebaja la pena al penado Alvis Daniel Maiz Lara, por efecto extensivo del recurso de apelación, conforme al artículo 438 del Código Orgánico Procesa.....