este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y Bancario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR las pretensiones de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO E INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS, incoadas por el ciudadano JOSÉ ENRIQUE ESMERAL RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 24.129.127, representado judicialmente por el abogado en ejercicio CARLOS LUGO GRANADO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 22.603, contra el ciudadano HÉCTOR LUIS RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 11.012.850, representado judicialmente por el abogado en ejercicio ESTEBAN JOSÉ LEMUS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 84.303. Así se decide.