por Autoridad de la Ley DECRETA LA INTERRUPCION del juicio oral y público seguido en contra del Jesús Luis Rodríguez Rodríguez, por la presunta comisión del delito de Homicidio Calificado, tipificado en el articulo 406 Ord. 1° (por Motivos Fútiles e Innobles del Código Penal en perjuicio de Alberto José Gil Marcano. Subsanado de esta manera la omisión de la interrupción, se acuerda se deja sin validez el acta de fecha 26 de Noviembre del presente año, que con motivo del inicio de juicio, fue levantada, tal como consta en los folios 14 al 24 de la pieza III de la presente causa y se ordena la realización de un nuevo juicio oral y público, manteniéndose la fecha del 05-12-2006 a los fines de su realización por economía y celeridad procesal.