Este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano Administrando Justicia y en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley de conformidad con lo establecido en artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal reuniendo la acusación fiscal los requisitos de ley acuerda: admitirla totalmente por el delito de posesión de estupefaciente previsto y sancionado en el artículo 34 de la nueva ley de drogas en contra de los ciudadanos : el primero dijo llamarse Víctor Moya Arismendi, venezolano, de 34 años de edad, de profesión chofer, titular de la cédula de identidad N° 11.435.584, hijo de Víctor Manuel Moya Millán y Rafaela Arismendi, domiciliado en la avenida la planta número 29 de el valle Carúpano. El segundo dijo llamarse Melvis José Betancourt Manríquez, venezolano, de 29 años, titular de la cédula de identidad número 12.739.636, domiciliado en la calle san miguel número 16 Carúpano de profesión pastelero, .....