REDIME AL CIUDADANO: VÍCTOR JOSÉ ARCIA, titular de la cédula de identidad número V- 8.645.784, condenado a cumplir la pena de: VEINTICINCO (25) AÑOS, OCHO (08) MESES Y QUINCE (15) DÍAS, DE PRESIDIO, mas las accesorias de Ley, por la comisión del Delito de: COOPERADOR INMEDIATO DEL DELITO DE HOMICIDIO, ROBO AGRAVADO, SECUESTRO Y VIOLENCIA Y RESISTENCIA ARMADA A LA AUTORIDAD, tipificado en el artículo 407, 460, 462 y 219 ordinal 1° todos del Código Penal. UN (01) AÑO, CINCO (05) MESES Y VEINTE (20) DÍAS. Líbrese oficio remitiendo Copia Certificada del presente Auto de Redención de la Pena a la Dirección del Internado Judicial de Cumaná. Queda notificado la defensa Pública Abg. Susana Boada de Martínez, Notifíquese al Fiscal Primero de Ejecución de Sentencia del Ministerio Público del Estado Sucre. CÚMPLASE.
EL JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÓN
Dr. FREDDY´S PERDOMO SIERRALTA
EL PENADO
VÍCTOR JOSÉ ARCIA
DEFENSA PÚBLICA
ABG. SUSANA BOADA DE MARTÍNEZ
DIRECTOR DE.....