actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el sobreseimiento de la causa seguida en contra del acusado JOSE LUIS ANDRADE GUZMAN, por el delito de Robo agravado previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal, en perjuicio de los adolescentes LUIS RAFAEL MEDNA ROJAS y JESUS ADRIAN VELASQUEZ, por haberse extinguido la acción penal, por fallecimiento del acusado.