En atención a los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR el RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el ciudadano JESÚS RODRÍGUEZ VISAEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 107.034, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil AVECATUN INDUSTRIAL S.A. (AVECAISA), en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera instancia de Juicio del Trabajo del estado Sucre, del 22 de junio de 2017. SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera instancia de Juicio del Trabajo del estado Sucre, en fecha 22 de junio de 2017y en consecuencia se declara INADMISIBLE, el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por el abogado JESÚS RODRÍGUEZ VISAEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro.107.034, en su .....