En atención a la solicitud fiscal y a la opinión de la defensa, están dados los extremos para la detención del adolescente a los fines de su identificación, puesto que el mismo no sabe cuando nació, ni porta ningún documente que certifique sus datos filiatorios.
En atención a lo anteriormente expuesto Este Tribunal actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara
Primero: Con lugar la calificación de la aprehensión en flagrancia y el seguimiento del procedimiento ordinario. Segundo: Con lugar la solicitud de detención para asegurar su identificación solicitada por la representación fiscal. Tercero: Con lugar la solicitud de copias simples, presentadas por las partes. En consecuencia Líbrese Boleta de Detención, mediante oficio al Comandante de Policía del Municipio Valdez, donde quedará detenido hasta tanto se verifique su identificación a través de la documentación respectiva del adolescente supra identificado. Cuarto: se acuerdan las copias solicitadas. Quinto.....