DECLARA CON LUGAR lo solicitado por la Representante del Ministerio Público, y en consecuencia, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, en contra de la adolescente xxxxxx; por la presunta comisión del delito de Aprovechamiento de Cosas Provenientes del Delito, previsto en el artículo 470 del Código Penal vigente, en perjuicio del ciudadano xxxxx; de conformidad con el artículo 582, literales "B" y "F" de la LOPNNA, consistente en quedar sometida al cuidado y vigilancia del ciudadano xxxx, quien se encuentra presente en sala y prohibición de acercarse a la víctima en el presente asunto ni a sus familiares. Se otorga la libertad de la imputada de autos desde esta misma sala de audiencias, dejándose constancia que la misma se retira en buenas condiciones físicas. Se ordena la remisión de las actuaciones a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, adjunto a oficio, para que continúe la investigación conforme al procedimiento ordinario. La presente decisión tiene su.....