Con base a todo lo antes expuesto este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A interpuesta conjuntamente por los ciudadanos: JESUS RAFAEL URBANEJA y CARMEN LIDUBINA BRAZON, venezolanos, mayores de edad, Cónyuges entre si, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.657.050 y V-12.661.476, respectivamente y domiciliados el primero en la Urbanización Brasil, Calle N° 02, Casa N° 03, Cumaná Estado Sucre y la segunda en la Urbanización La Llanada, Sector N° 03, Vereda N° 36, Casa N° 12 Cumaná Estado Sucre; debidamente asistidos por la Abogado en ejercicio y de este domicilio ZULAY JOSEFINA PADILLA, inscrita en el IPSA bajo el Nº 85.410; y por consiguiente, declara Disuelto el Vínculo Matrimonial contraído en fecha Veintiocho (28) de Diciembre de Mil Novecientos Ochenta y Ocho (1988), por ante la Prefectura de la Parroquia Ayacucho del Municipio Sucre, del Estado Sucr.....